martes, 1 de septiembre de 2009

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¿ Como defines un acto de comercio?

¿Que es la jurisprudencia?

¿Que es comerciante?

5 comentarios:

  1. En derecho mercantil hace alusión a su materia de estudio subjetiva, es decir a las personas que son objeto de regulación. Se considera sujeto mercantil a toda persona que realiza un acto de comercio.

    Sin embargo, cabe hacer una primera clasificación entre las personas que realizan un acto de comercio ocasional y aquellas que se dediquen al comercio de forma habitual, los primeros son los sujetos accidentales de comercio y los segundos comerciantes. El que compra algo en la tienda no es un comerciante, pero realiza un acto de comercio, por tanto decimos que es un sujeto accidental de comercio

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  2. ACTO DE COMERCIO...Felipe de J. Tena (1977) dice que:

    "El acto de comercio serán los actos que pertenecen a dicha industria y habrán de consistir en operaciones de interposición o mediación, por las que se adquiere de una persona para transmitirlo a otra, un bien en donde se ve que el concepto de interposición son dos operaciones diversas: una inicial de adquisición y otra final de enajenación, siendo tan comercial la una como la otra, puesto que ambas se hayan ligadas entre sí por un vínculo lógico, estrechísimo por la unidad del propio intento económico. Se infiere que el acto de comercio es ante todo un acto jurídico, ya que para adquirir y enajenar necesita el comerciante entrar con otras personas en relaciones de derecho".

    JURISPRUDENCIA...Se define segun Ponce Bonnes (1997) como la interpretacion juridica de la ley que hacen los tribunales y/o como la resolucion a la contradiccion de tesis y sentencias.

    COMERCIANTE...Personas que teniendo capacidad legal para ejercer el comercio, hacen de el su ocupacio ordinaria.

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  3. ACTO DE COMERCIO: es un concepto jurídico utilizado para deslindar el campo de actuación del Derecho mercantil con respecto al Derecho civil.
    JURISPRUDENCIA: es la correcta interpretación y alcance de los preceptos jurídicos que emite un órgano jurisdiccional al resolver los asuntos que son puestos a su consideración, resultando obligatoria a otros órganos jurisdiccionales de menor jerarquía.
    COMERCIANTE:es en términos generales, la persona que se dedica habitualmente al comercio. También se denomina así al propietario de un comercio.

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  4. QUE ES ACTOS DE COMERCIO:es un concepto jurídico utilizado para deslindar el campo de actuación del Derecho mercantil
    JUDISPRUDENCIA:Es la correcta interpretación y alcance de los preceptos jurídicos que emite un órgano jurisdiccional al resolver los asuntos que son puestos a su consideración, resultando obligatoria a otros órganos jurisdiccionales de menor jerarquía.
    COMERCIANTE:En términos generales, la persona que se dedica habitualmente al comercio. También se denomina así al propietario de un comercio.


    **FUSION CHIKS**

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  5. HOLA ESTA BIEN ESTRUCTURADO FALTO MAS ANIMACIONES MAS IMAGENES UNA ENCUESTA, Y ALGUNOS LINKS QUE TE LLEVEN A NOTICIAS IMPORTANTES RELACIONADAS CON EL COMERCIO EN MEXICO 85

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